La Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá mediante la Resolución 215, expedida el 20 de abril de 2020, señaló que los agentes de retención del impuesto de industria y comercio, tendrán plazo para cumplir con la obligación de declarar los periodos 2 y 3, es decir los bimestres correspondientes a marzo – abril y mayo-junio de la vigencia 2020, hasta el 17 de julio de 2020.
Lo anterior lo deberán realizar a través de las herramientas virtuales en la página de internet de la entidad www.shd.gov.co, y pagar por todos los medios virtuales o presenciales en las entidades bancarias autorizadas.
Por otra parte, recordemos que con la Resolución 195, la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá, modificó el plazo máximo para declarar y pagar el impuesto de industria y comercio del segundo y tercer bimestre del año gravable 2020, quedando como fecha límite el 31 de julio de 2020.
Tomado de: http://www.comunidadcontable.com/