Plazos para declarar y realizar el pago del IVA en 2022

Plazos para declarar y realizar el pago del IVA en 2022

Acorde a  lo establecido en el Decreto 1778 del 2021, los responsables de este impuesto, grandes contribuyentes, personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos, a treinta y uno (31) de diciembre del año gravable 2021, sean iguales o superiores a noventa y dos mil (92.000) UVT, ($ 3.340.336.000) así como los responsables de que tratan los artículos 477 y 481 del Estatuto Tributario, deberán presentar la declaración del impuesto sobre las ventas (IVA), y pagarlo de manera bimestral.

Los contribuyentes deberán declarar acorde al último dígito del número de identificación tributaria (NIT), que conste en el certificado del registro único tributario (RUT), sin tener en cuenta el dígito de verificación.

Los vencimientos establecidos en el decreto son los siguientes:

Si el último dígito esEnero-febrero 2022 hasta el díaMarzo-abril 2022 hasta el díaMayo-junio 2022 hasta el día
18 de marzo de 202210 de mayo de 20228 de julio de 2022
29 de marzo de 202211 de mayo de 202211 de julio de 2022
310 de marzo de 202212 de mayo de 202212 de julio de 2022
411 de marzo de 202213 de mayo de 202213 de julio de 2022
514 de marzo de 202216 de mayo de 202214 de julio de 2022
615 de marzo de 202217 de mayo de 202215 de julio de 2022
716 de marzo de 202218 de mayo de 202218 de julio de 2022
817 de marzo de 202219 de mayo de 202219 de julio de 2022
918 de marzo de 202220 de mayo de 202221 de julio de 2022
022 de marzo de 202223 de mayo de 202222 de julio de 2022
Si el último dígito esJulio-agosto 2022 hasta el díaSeptiembre-octubre 2022 hasta el díaNoviembre-diciembre hasta el día
17 de septiembre de 20229 de noviembre de 202211 de enero de 2023
28 de septiembre de 202210 de noviembre de 202212 de enero de 2023
39 de septiembre de 202211 de noviembre de 202213 de enero de 2023
412 de septiembre de 202215 de noviembre de 202216 de enero de 2023
513 de septiembre de 202216 de noviembre de 202217 de enero de 2023
614 de septiembre de 202217 de noviembre de 202218 de enero de 2023
715 de septiembre de 202218 de noviembre de 202219 de enero de 2023
816 de septiembre de 202221 de noviembre de 202220 de enero de 2023
919 de septiembre de 202222 de noviembre de 202223 de enero de 2023
020 de septiembre de 202223 de noviembre de 202224 de enero de 2023

No están obligados a presentar la declaración del impuesto sobre las ventas (IVA), los responsables de dicho impuesto, en los períodos en los cuales no hayan efectuado operaciones sometidas al impuesto, ni operaciones que den lugar a impuestos descontables, ajustes o deducciones en los términos de lo dispuesto en los artículos 484 y 486 del estatuto tributario.

En el caso de liquidación o terminación de actividades durante el ejercicio, el período gravable se contará desde su iniciación hasta las fechas señaladas en el artículo 595 del estatuto tributario.

Cuando se inicien actividades durante el ejercicio, el período gravable será el comprendido entre la fecha de iniciación de actividades y la fecha de finalización del respectivo período.

En el caso en que el responsable cambie de período gravable del impuesto sobre las ventas (IVA), conforme con lo establecido en el artículo 600 del estatuto tributario, el responsable deberá señalar en la casilla 24 de la primera declaración del impuesto sobre las ventas (IVA) del correspondiente año, el nuevo período gravable, el cual operará a partir de la fecha de presentación de dicha declaración.

El cambio de período gravable de que trata el inciso anterior deberá estar debidamente soportado con la certificación de contador público o revisor fiscal en la que conste el aumento o disminución de los ingresos del año gravable anterior, los cuales corresponderán a la sumatoria de los ingresos brutos provenientes de actividades gravadas y/o exentas con el impuesto sobre las ventas (IVA), informados en las declaraciones del mismo impuesto presentadas en el año gravable anterior.

Para los prestadores de servicios desde el exterior, el plazo para presentar la declaración bimestral del impuesto sobre las ventas (IVA), por el año gravable 2022 y cancelar el valor a pagar, vencerá en las siguientes fechas, independientemente del último dígito del número de identificación tributaria (NIT), sin tener en cuenta el dígito de verificación:

Periodo gravableHasta el día
Enero – febrero de 202214 de marzo de 2022
Marzo – abril de 202216 de mayo de 2022
Mayo – junio de 202214 de julio de 2022
Julio – agosto de 202213 de septiembre de 2022
Septiembre – octubre de 202216 de noviembre de 2022
Noviembre – diciembre de 202217 de enero de 2023

Los contribuyentes del régimen simple de tributación responsables del impuesto sobre las ventas (IVA), deberán sujetarse a los plazos establecidos para presentar la declaración anual consolidada del impuesto sobre las ventas (IVA) y los anticipos correspondientes a la vigencia 2022.

Otros aspectos que contempla el decreto para este impuesto:

Los responsables del impuesto sobre las ventas (IVA), por la prestación del servicio telefónico deberán presentar la declaración del impuesto sobre las ventas (IVA), y cancelar el valor a pagar por cada uno de los bimestres del año 2022, de acuerdo con los plazos establecidos para las declaraciones bimestrales.

Para los responsables del impuesto sobre las ventas (IVA) por la prestación de servicios financieros y las empresas de transporte aéreo regular, que en al año 2013 les fue autorizado el plazo especial de que trata el parágrafo 1º del artículo 23 del Decreto 2634 de 2012, el plazo para presentar la declaración bimestral del impuesto sobre las ventas (IVA) y cancelar el valor a pagar, es el siguiente:

Enero-febrero 2022 hasta el díaMarzo-abril 2022 hasta el díaMayo-junio 2022 hasta el día
25 de marzo de 202225 de mayo de 202226 de julio de 2022
Julio-agosto de 2022 hasta el díaSeptiembre-octubre 2022 hasta el díaNoviembre-diciembre 2022 hasta el día
23 de septiembre de 202225 de noviembre de 202226 de enero de 2023

Declaración y pago cuatrimestral del impuesto sobre las ventas (IVA)

Los responsables de este impuesto, personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a treinta y uno (31) de diciembre del año gravable 2021 sean inferiores a noventa y dos mil (92.000) UVT ($ 3.340.336.000), deberán presentar la declaración del impuesto sobre las ventas (IVA), y pagar de manera cuatrimestral.

Los contribuyentes deberán pagar el impuesto, de acuerdo con el último dígito del número de identificación tributaria (NIT), sin tener en cuenta el dígito de verificación.

Los vencimientos para la presentación y pago de la declaración son los mencionados en el Decreto y se relacionan a continuación:

Si el último dígito esEnero -abril 2022 Hasta el díaMayo -agosto 2022 Hasta el díaSeptiembre -diciembre Hasta el día
110 de mayo de 20227 de septiembre de 202211 de enero de 2023
211 de mayo de 20228 de septiembre de 202212 de enero de 2023
312 de mayo de 20229 de septiembre de 202213 de enero de 2023
413 de mayo de 202212 de septiembre de 202216 de enero de 2023
516 de mayo de 202213 de septiembre de 202217 de enero de 2023
617 de mayo de 202214 de septiembre de 202218 de enero de 2023
718 de mayo de 202215 de septiembre de 202219 de enero de 2023
819 de mayo de 202216 de septiembre de 202220 de enero de 2023
920 de mayo de 202219 de septiembre de 202223 de enero de 2023
023 de mayo de 202220 de septiembre de 202224 de enero de 2023

Fuente: http://www.comunidadcontable.com/

Plazos para declarar y realizar el pago del IVA en 2022

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