Mediante la Ley 2101 del 15 de julio de 2021, se modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, donde la duración máxima de la jornada laboral pasa de 48 a 42 horas por semana, que podrán ser distribuidas, de común acuerdo, entre empleador y trabajador, en 5 o 6 días a la semana, garantizando siempre el día de descanso, salvo las siguientes excepciones:
a) En las labores que sean especialmente insalubres o peligrosas, el gobierno puede ordenar la reducción de la jornada de trabajo de acuerdo con dictámenes al respecto.
b) La duración máxima de la jornada laboral de los adolescentes autorizados para trabajar, se sujetará a unas reglas específicas, entre ellas están, que sólo podrán trabajar en jornada diurna máxima de 6 horas diarias y 36 horas a la semana y hasta las 6:00 de la tarde, los mayores de 15 y menores de 17 años; los adolescentes mayores de 17 años, sólo podrán trabajar en una jornada máxima de ocho horas diarias y 40 horas a la semana y hasta las 8:00 de la noche.
La Ley señala que el empleador y el trabajador pueden acordar, temporal o indefinidamente, la organización de turnos de trabajo sucesivos, que permitan operar a la empresa , siempre y cuando el respectivo turno no exceda de 6 horas al día y 36 horas a la semana.
La implementación será de forma gradual, es decir que a partir del 2023, se reducirá 1 hora de la jornada laboral semanal, quedando en 47 horas semanales, en 2024 se reducirá otra hora, quedando en 46 horas semanales y a partir de 2025, se reducirán 2 horas, cada año, hasta llegar a las 42 horas semanales. No obstante, el empleador podrá acogerse a esta norma de manera anticipada.
Con esta iniciativa el Gobierno, tiene como objetivo mejorar la calidad de vida de los trabajadores, sin afectar sus salarios, poniéndose a tono con los estándares internacionales que indicaban la necesidad de la disminución de la jornada laboral en Colombia.
Conozca los detalles de la Ley aquí:
Si hay que trabajar 10 horas al día las horas extras comenzarían a correr después de la 7 hora
Buen día Hermes
Recuerda que las horas extras empiezan a correr después de cumplida sus horas laborales semanales la cual corresponden a 48 horas .
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