La DIAN informó que con la expedición de la Resolución 0114, del 21 de diciembre del 2020, se adoptaron cambios en la clasificación de actividades económicas CIIU, propuestas por el DANE, y en el caso de los pensionados se creó un nuevo código que es el 0020, necesario para diferenciarlos del código de actividad de asalariados, como hasta el momento sucede.

Cabe destacar que la autoridad tributaria está actualizando de oficio el RUT, es decir de forma automática para aquellos pensionados que presentaron la declaración de renta durante el año 2020 informando ingresos por concepto de pensión y que no percibieron salarios, sin perjuicio de que el pensionado lo actualice virtualmente.

La DIAN hace un llamado a consultar la información publicada a través de los canales oficiales, pues si bien la norma contempla sanciones, el principal objetivo de esta invitación es mantener actualizada la información en el RUT.

La entidad aclaró que para actualizar el registro, ningún ciudadano requiere desplazamientos, ya que la entidad, debido a la situación de pandemia que afronta el país, ha concentrado su atención exclusivamente a través de canales virtuales que permiten la realización de trámites y servicios. También reitera que este trámite no tiene ningún costo económico.

A través de la Resolución 0005 del 22 de enero de 2021, la entidad amplió hasta el próximo 30 de junio el plazo para que los contribuyentes actualicen en el Registro Único Tributario –RUT, las actividades económicas que desarrollan.

De esta forma la Entidad modifica la fecha que establecía el Artículo 2 de la Resolución 000114 de 2020, con la cual se informó de los cambios de la Clasificación de Actividades Económicas CIIU (Clasificación Industrial Internacional Uniforme de Actividades Económicas), establecidas por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística – DANE, y que en el caso de los Pensionados, creó el código 0020, necesario para diferenciarlos del código de actividad de asalariados.

El RUT se puede actualizar mediante autogestión en los canales virtuales de la DIAN; sin embargo, los ciudadanos pueden programar citas para su actualización, que serán atendidas mediante correo electrónico. 

Conozca la resolución 005 del 22 de Enero de 2021 aquí:

Tomado de: http://www.comunidadcontable.com/