El Congreso de la República de Colombia, expidió la Ley 2088, el 12 de mayo de 2021, bajo la cual de regula la habilitación del trabajo en casa, como una forma de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, que se presenten en el marco de una relación laboral, legal y reglamentaria con el Estado o con el sector privado.
Esta nueva norma no se limita al trabajo que puede ser realizado mediante tecnologías de la información y las comunicaciones, medios informáticos o análogos, sino que se extiende a cualquier tipo de trabajo o labor que no requiera la presencia física del trabajador o funcionario en las instalaciones de la empresa o entidad.
De esta manera, los trabajadores podrán acudir a la modalidad de trabajo en casa por una vigencia de hasta tres meses, prorrogables por otro periodo igual o hasta que desaparezcan las circunstancias que ocasionaron la excepción.
Cabe resaltar que la relación laboral continuará bajo los términos pactados al inicio del contrato, con el fin de que la persona cuente con los mismos derechos y garantías, que incluyen jornada laboral, horas extras, trabajo nocturno, dominicales y festivos, descansos dentro de la jornada, derechos de asociación, negociación sindical y prestaciones económicas y asistenciales.
Mire en detalle la Ley 2088 aquí:
Tomado de: http://www.comunidadcontable.com/