El régimen simple de tributación es un modelo de tributación opcional de determinación integral, declaración anual y anticipo bimestral, que sustituye al impuesto de renta.

Quienes opten por él deberán tener en cuenta las novedades introducidas con el Decreto 1091 de 2020.

Novedades a tener en cuenta:

  1. ¿Cuáles impuestos se encuentran integrados al impuesto unificado bajo el régimen simple?
  • INC para el expendio de comidas y bebidas y el impuesto de industria y comercio consolidado.

2. ¿Quiénes podrán inscribirse como sujetos pasivos del régimen simple de tributación?

  • Personas naturales que desarrollen empresa o personas jurídicas cuyos socios sean personas naturales residentes en Colombia.

3. Los contribuyentes del SIMPLE no deben practicar retenciones ni autorretenciones a título de renta, excepto si:

  • Realizan pagos laborales.

4. Los contribuyentes del régimen simple responsables del IVA deberán actuar como agentes retenedores de este impuesto

5. Los siguientes descuentos tributarios son aplicables a los contribuyentes del régimen simple de tributación:

  • Descuentos por aportes al sistema general de pensiones.
  • Descuentos por ingresos a través de tarjetas de crédito o débito y otros medios de pago electrónico.

Tomado de: https://actualicese.com/