Mediante el  Sisbén se identificarán los hogares que estén en niveles de pobreza y pobreza extrema.

Se realizará una selección por entidades territoriales, dándole prioridad a departamentos y municipios según los niveles de concentración de pobreza, población total y cobertura de programas sociales.

Mediante un proyecto de decreto, el Ministerio de Hacienda busca reglamentar el mecanismo de devolución del IVA para las familias más necesitadas de Colombia, contemplado en la Ley 2010 de 2019.

La idea es que la población con menores ingresos obtenga un retorno de lo que pagan en impuestos al adquirir productos y así dispongan de recursos para comprar otros artículos de primera necesidad.

La gran inquietud que ha surgido alrededor de esta norma es que podría convertirse en sinónimo de corrupción y fraude, además de que podría llegar a manos de quienes no lo necesitan o no tienen derecho.

La medida debe reglamentarse de una forma en la que se junten esfuerzos en materia de cruces de terceros, facturación electrónica, certificaciones y procedimientos previos que garanticen la transparencia de los procesos.

¿Cómo se identificarán a las personas que recibirán la devolución del IVA?

  • Se realizará una selección por entidades territoriales, dándole prioridad a departamentos y municipios según los niveles de concentración de pobreza, población total y cobertura de programas sociales.
  • El registro del Sisbén se tomará como base para identificar los hogares en niveles de pobreza y pobreza extrema.
  • El Departamento de Planeación Nacional –DPN– también podrá establecer otros criterios de determinación de beneficiarios.
  • Teniendo listo el listado, el Gobierno nacional expedirá una resolución y establecerá el monto a entregar, basado en la disponibilidad presupuestal.

Transferencia del dinero

  • El sistema de transferencia que se utiliza con programas como Familias en Acción sería también usado para esta devolución.
  • En ningún caso un hogar beneficiario de dos programas de asistencia a la población vulnerable podrá recibir doble reconocimiento de la compensación del IVA.
  • Si en un hogar hay dos beneficiarios de programas sociales y resultan incluidos en la lista de personas a las que les devolverán el IVA, se definirá a cuál de los dos integrantes del hogar se le hace la transferencia.

Validación de la información

  • Fuera de los cruces de bases de datos con las cuales se establecerá el listado de beneficiarios, se contará con un esquema de validación con el objetivo de verificar si los beneficiarios conservan la condición con la cual obtuvieron la compensación del IVA.
  • El DPN hará el seguimiento al proceso de devolución, el cual podría tener ajustes, si se observa que es necesario.

Aunque la Ley de crecimiento 2010 de 2019 solo pretendía transcribir las normas de la inexequible Ley de financiamiento 1943 de 2018, acabó modificando aproximadamente 55 normas nuevas.

Tomado de: https://actualicese.com/