Salario Mínimo para el 2022 en Colombia

El Gobierno nacional tiene como obligación aumentar año tras año el valor del salario mínimo mensual legal vigente –SMMLV – con el objetivo de que no se vean afectados los ingresos de los trabajadores como consecuencia de la inflación.

A continuación, se exponen entre otros aspectos, el valor del SMMLV y el auxilio de transporte o de conectividad digital para la vigencia 2022, y cómo deben ser concertados los valores de estos conceptos y los productos o servicios que aumentan su valor debido al aumento del SMMLV.

¿Qué es el salario mínimo?

El smmlv se encuentra regulado a través del artículo 145 del Código Sustantivo del Trabajo –CST–, definido como el pago al que todo trabajador tiene derecho con el ánimo de sufragar las necesidades básicas propias y de su familia.

¿Cómo se determina el salario mínimo en Colombia?

La determinación del smmlv en Colombia le corresponde a la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales –CPCPSL–. Esta comisión es una mesa de negociación que se encuentra conformada por:

  • Representantes del Gobierno nacional.
  • Representantes de los empleadores.
  • Representantes de los trabajadores.

Acorde a lo que establece el parágrafo del artículo 8 de la Ley 278 de 1996 y el artículo 147 del CSTel smmlv debe quedar definido a más tardar el quince (15) de diciembre de cada año.

En caso tal de que no se logre un consenso en dicha fecha, le corresponderá a la mesa de negociación reunirse de nuevo y llegar a un acuerdo antes del 30 del mismo mes. Si definitivamente no es posible concertar el monto del salario mínimo, le corresponderá al Gobierno nacional expedir el decreto que fije el smmlv a más tardar el 30 de diciembre.

Salario mínimo y auxilio de transporte para 2022

El Gobierno nacional expidió los decretos 1724 y 1725 de 2021, mediante los cuales se fijó el aumento al smmlv y al auxilio de transporte que regirán para el año 2022, así:

 Concepto Monto 2021 Aumento establecido  Valor final 2022
 Salario mínimo  $908.526 $91.474(10,07 %)  $1.000.000
 Auxilio de transporte  $106.454 $10.718(10,07 %)  $117.172

Con base en lo anterior, sumando dichas cifras, un trabajador colombiano que devenga el salario mínimo percibirá mensualmente, después de los descuentos obligatorios de salud y pensión, un monto total de $1.037.172 para la vigencia del año 2022.

¿Por qué se debe aumentar el salario mínimo todos los años?

La Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-1433 del 2000, señaló que el smmlv debe ser actualizado cada año, con el fin de que el trabajador no se vea afectado por la inflación o por la pérdida de poder adquisitivo de la moneda que se presenta año tras año. La Corte, a través de la sentencia en mención, precisó:

La persona natural que pone a disposición de un empleador su fuerza laboral, al paso que cumple con una función social, persigue como interés particular una retribución económica por la prestación del servicio (…) Por esta razón, la remuneración debe asegurar un mínimo vital, (…) además, ser móvil, de modo que siempre guarde equivalencia con el precio del trabajo. Esta equivalencia debe ser real y permanente, y conseguirla supone necesariamente mantener actualizado el valor del salario, ajustándolo periódicamente en consonancia con el comportamiento de la inflación, con el fin de contrarrestar la pérdida de su poder adquisitivo, y asegurar que aquel en términos reales conserve su valor”.

¿Cómo se lleva a cabo el aumento del salario mínimo?

El artículo 148 del CST establece que el aumento del smmlv para aquellos trabajadores que devengan este monto se realiza de forma automática; es decir, a partir del 1 de enero de cada año dichos trabajadores deben empezar a devengar el nuevo valor establecido.

Dado esto, no es necesario que se realice ningún tipo de acuerdo entre las partes (trabajador y empleador) o alguna modificación al contrato de trabajo.

Cifras en salarios mínimos deberán expresarse en UVT

El artículo 49 de la Ley 1955 de 2019 – Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 dispuso que desde el 1 de enero de 2020 las multas, tasas, tarifas, sanciones, estampillas y otras cifras que se encontraran expresadas en términos de smmlv debían ser determinadas y expresadas en unidades de valor tributario –UVT–.

Fuente: https://actualicese.com/

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