El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante el Decreto Legislativo 815 del 4 de junio de 2020, modificó el Decreto Legislativo 639 de 2020, con el cual dispuso medidas sobre el Programa de Apoyo al Empleo Formal – PAEF, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020.
Cabe recordar que el Decreto Legislativo 639 del 8 de mayo de 2020, también había sido modificado con el Decreto 677 del 19 de mayo de 2020.
Mediante el mencionado decreto, el Gobierno decidió ampliar el programa de apoyo al empleo formal (PAEF) por un mes más, para subsidiar las obligaciones laborales de los empleadores que cumplan con los requisitos por el mes de agosto del 2020.
También aclaró quiénes no deberán cumplir con el requisito de aportar el registro mercantil para acceder al beneficio, así: las personas naturales y jurídicas titulares de la licencia de funcionamiento de establecimientos educativos no oficiales de la educación formal y las entidades sin ánimo de lucro que estén obligadas a presentar declaración de renta o, en su defecto, declaración de ingresos y patrimonio, así como información exógena en medios magnéticos por el año gravable 2019 y la Cruz Roja Colombiana y su sistema federado. Estas entidades deberán presentar copia del RUT.
La norma precisó que los pagos o abonos en cuenta que realicen las entidades financieras por concepto de este aporte estatal no estarán sujetos a retención en la fuente.
Revisa el Decreto Legislativo 815 del 4 de junio de 2020 aquí:
Tomado de: http://www.comunidadcontable.com/