Las criptomonedas, son recursos que en la actualidad muchas compañías están aceptando usar en las operaciones. ¿Cómo se deben contabilizar estos criptoactivos? Este tema se encuentra en análisis por parte de las correspondientes autoridades.
Hacia el año 2009 comenzaron a surgir las monedas virtuales, las cuales se denominaron criptomonedas. Se caracterizan por no tener un billete o moneda física que las represente, ya que solo existen de manera digital.
Debido a este movimiento, surgió el debate sobre cómo debe ser el tratamiento contable de estos criptoactivos para las compañías, pues muchas empezaron a aceptarlas como medio de pago por sus bienes y servicios. De igual forma, las entidades están usando estos criptoactivos en sus operaciones diarias, lo que demuestra la importancia de tener claro cómo se deben contabilizar.
Con base en esta situación, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP– expidió el Concepto 472 de 2018, en el cual recomienda que las criptomonedas se reconozcan y se contabilicen en una categoría diferente a los activos, porque para estos recursos no existe ninguna categoría de activos apropiada para clasificarlos.
Respecto a lo anterior, serecomienda que las criptomonedas sean contabilizadas en una unidad de cuenta separada que podría denominarse “Criptoactivos o activos virtuales”, para de esta manera cumplir con los objetivos de reconocimiento, medición y revelación para la toma de decisiones.
El Comité de Interpretaciones de Normas Internacionales de Información Financiera –CINIIF– plantea todo lo contrario, pues recomienda contabilizar estas monedas como inventarios o intangibles, teniendo en cuenta todos los requerimientos de la NIC 2 o de la NIC 38.
Fuente: https://actualicese.com/