El Ministerio de Hacienda expidió el pasado 24 de abril el decreto 703 el cual establece los valores mínimos a tener en presentes para realizar las declaraciones de las personas naturales

Acorde a lo establecido en el documento, se determinó así:

Artículo 1°

RENDIMIENTO MÍNIMO DE PRESTAMOS DE UNA SOCIEDAD A SU SOCIOS

Se presume será del 4.54% anual proporcional esto para el año gravable 2019.

Artículo 2°

COMPONENTE INFLACIONARIO de los RENDIMIENTOS FINANCIEROS PARA 2018 para personas naturales no obligados a llevar contabilidad

NO CONSTITUYE RENTA NI GANANCIA OCASIONAL El 62.97%

COMPONENTE INFLACIONARIO de los RENDIMIENTOS FINANCIEROS DE LOS FONDOS DE INVERSION, MUTUOS DE INVERSIÓN Y de VALORES PARA 2018 para personas naturales no obligados a llevar contabilidad

NO CONSTITUYE RENTA NI GANANCIA OCASIONAL El 62.97%

Artículo 3°

COMPONENTE INFLACIONARIO DE LOS COSTOS Y GASTOS PARA 2018 para personas naturales no obligados a llevar contabilidad

NO CONSTITUYE COSTO NI DEDUCCIÓN El 17.14%

Cuando se trate de ajustes por diferencia en cambio

NO CONSTITUYE COSTO NI DEDUCCIÓN El 16.60%

Hay que tener presente que al momento de elaborar las declaraciones de renta de personas naturales es importante tener en cuenta esta información en los valores que pueden tomar los contribuyentes -personas naturales- como costos y gastos. Así como los valores que podrán tomar como no constitutivos de renta ni ganancia ocasional.

Para tener revisar el documento completo del decreto 703, hacer click en el siguiente enlace:

https://www.medinaylinarescontadores.com/noticias/wp-content/uploads/2019/04/DECRETO-703-DEL-24-DE-ABRIL-DE-2019.pdf