By mylnwb

Como liquidar la Prima de Servicios y el pago de Horas Extras a un Trabajador que devenga el salario mínimo

La prima de servicios es una prestación social, la cual debe ser pagada a los trabajadores que se encuentren vinculados a través de un contrato de trabajo. El pago de esta prestación debe ser realizado en dos (2) partes, la primera hasta más tardar el 30 de junio y la segunda a más tardar el 20 de diciembre de cada año.

Liquidación de la prima de servicios

Antes de proceder con el ejercicio de liquidación, cabe resaltar que según lo establece el artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo –CST–, el pago que percibe el trabajador por concepto de horas extra o trabajo suplementario constituye salario, dado esto, debe incluirse como base salarial para la liquidación de la prima de servicios.

Ejercicio de liquidación

Pongamos como ejemplo a una trabajadora que devenga el smmlv, el cual para 2021 equivale a $908.526. Esta trabajadora laboró un total de diez (10) horas extra diurnas mensuales en marzo, abril y mayo.

Para liquidar esta prestación se debe determinar primero el valor de una hora extra diurna de la siguiente manera:

$908.526 / 30 = $30.284 / 8 = $3.786 x 25 % = $947

$947 (recargo) + $3.786 (hora habitual) = $4.732

Por lo tanto, el valor de una hora extra diurna de esta trabajadora equivale a $4.733. A continuación, multiplicamos este valor por las diez (10) horas extra laboradas:

$4.733 x 10 = $47.319

De esta forma obtenemos que esta trabajadora devengó durante dichos meses el pago de $47.319 por concepto de horas extra.

Como se mencionó anteriormente, la prima debe ser reconocida semestralmente y liquidarse con el salario o los elementos que la constituyan. En nuestro caso en concreto esta trabajadora devengó los siguientes montos por mes:

  • Enero: $908.526
  • Febrero: $908.526
  • Marzo: $955.845
  • Abril: $955. 845
  • Mayo: $955.845
  • Junio: $908.526

En este caso, se produjo una variación de salario debido al pago de las horas extra; por lo tanto, en estos casos debe determinarse la base salarial para liquidar la prima de manera promediada, para lo cual deben sumarse los valores percibidos cada mes y dividirse entre 6:

$5.593.131/6 = $932.186

Teniendo este ejercicio nos determina que, la base salarial para liquidar la prima de servicios de esta trabajadora es de $932.189 más el auxilio de transporte o el auxilio de conectividad digital ($106.454 para 2021) que, según lo establece el artículo 7 de la Ley 1 de 1963, debe incluirse en la liquidación de las prestaciones sociales (prima y cesantías) para aquellos trabajadores que devenguen hasta dos (2) smmlv.

Teniendo en cuenta el ejercicio anterior, procederemos a liquidar la prima de servicios de esta trabajadora:

$932.186 + $106.454 x 180 días/360 = $519.320

Así, le corresponde a esta trabajadora, por concepto de la prima de servicios de junio de 2021, la suma de $519.320

Tomado de: https://actualicese.com/

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