By mylnwb

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, expidió Decreto 957 para clasificar las empresas según sus ingresos

El día 6 de junio del 2019, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, expidió un nuevo decreto para la nueva clasificación de empresas teniendo en cuenta sus ingresos. La normatividad elaborada por el Gobierno determinó rangos para tres macro sectores productivos: manufactura, servicio y comercio para clasificar a las micro, pequeñas, y medianas empresas.

Mediante el Decreto 957 de 2019, se estableció una nueva clasificación del tamaño empresarial basada “en el criterio único de ingresos por actividades ordinarias”. Según el Gobierno Nacional, esta clasificación permitiría fortalecer el alcance de los diferentes instrumentos de política pública, especialmente los enfocados en el segmento MiPyme.

José Manuel Restrepo, Ministro de Comercio, Industria y Turismo, aseguró que “la nueva disposición es más cercana a la realidad del tejido empresarial ya que reconoce las diferencias sectoriales.”

Antes de decretarse esta ley, las empresas en Colombia se clasificaban por medio de las variables “Número de empleados” y “Volumen de activos”. No obstante, es necesaria una nueva clasificación que responda a las nuevas realidades de las empresas colombianas.

En la nueva clasificación, se adoptarán los ingresos como único requisito ya que aporta más información sobre el tamaño real de las empresas y permite tener presentes las particularidades de cada sector de la economía, como por ejemplo el comportamiento de firmas de servicios o tecnología.

Así quedó la clasificación de acuerdo con el Decreto 957


Para más información, consulta el DECRETO 957 DEL 05 DE JUNIO DE 2019, aquí

Tomado de: https://contamos.com.co/

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