By mylnwb

El proyecto Fiscal del Gobierno, colocaría IVA del 5% a los desarrolladores de plantas solares

Las energías renovables tampoco estuvieron exentas de la nueva reforma tributaria. El motivo es que en el listado de impuestos, que tocan directa o tangencialmente al sector minero, petrolero y eléctrico, las fuentes solares también deberán pagar un gravamen para su desarrollo.

De esta forma, al IVA del 19% para la gasolina y el diésel, al igual que para los servicios públicos de energía, gas natural y GLP en los estratos 4, 5 y 6, y el tributo al carbono, ahora se suma además la tasa de IVA del 5% a los bienes y servicios para el desarrollo de plantas solares (y de un posible 19% para los parques eólicos) que se encontraban excluidos en la Ley 1715.

La propuesta del Gobierno en la reforma tributaria podría poner en riesgo la participación e incluso la oferta de precios en la subasta de contratos de largo plazo anunciada por el Ejecutivo y, con la cual, se busca incentivar y/o impulsar la generación con fuentes de energía renovable como lo es la solar.

De esta manera, el inversionista podría ver más estrecha su utilidad, lo que sería otra razón para desertar y no participar en la subasta o presentarse, pero con precios superiores, lo cual les restaría competitividad al proceso.

“Esto se convierte en un impacto fuerte para los planes de generación de energía solar, ya que para este tipo de proyectos, los paneles como insumo suponen para los inversionistas un alto compromiso desde el punto de vista de capital. Si hay un incremento a partir del pago de un 5% del IVA, puede ser que algunos promotores tengan que volver a revisar los tiempos de retorno de su inversión y, en ese instante, pueden descartar su interés en participar en la subasta”, explicó Hemberth Suárez, socio fundador de OGE Legal Services.

El analista agregó que otro impacto tiene que ver con el Capex y el Opex de las iniciativas fotovoltaicas.

“En relación con el Opex, los promotores tendrían que hacer una mayor provisión para reposición de paneles porque cuando la planta ingrese en operación comercial al Sistema Interconectado Nacional (SIN) puede presentar necesidades de cambio en sus equipos, lo cual incrementa la estimación de este indicador”, señaló Suárez.

IMPACTO EN LA INVERSIÓN

El sector de energías renovables en el país afirmó que se encuentra analizando la propuesta del Gobierno del IVA del 5% a los paneles solares, los inversores y los equipos de control de las plantas generadoras.

“Esto tendrá un impacto sobre el costo de la inversión de los nuevos proyectos, pero por otra parte se da la posibilidad de que el 5% de IVA sea descontable sobre la declaración total de este impuesto”, explicó Germán Corredor, director ejecutivo de la Asociación De Energías Renovables (SER Colombia).

El líder gremial señaló, que además que están evaluando también el impacto de la reforma tributaria en el desarrollo de los parques eólicos, ya que estos no aparecen como excluidos o sujetos a IVA.

“Esto quiere decir que estarían gravados con el 19% en este impuesto, con lo que se verían afectados para participar en la subasta de contratos de largo plazo ya que todos los insumos para el montaje de estas plantas ya tendrían ese IVA”, dijo Corredor, quien recalcó que ambos tributos afectarían el desarrollo de las energías limpias del país.

Es necesario mencionar que la Ley 1715, y su consecuente aplicación con el Plan Nacional de Desarrollo (PND), había reducido el IVA para los componentes que servían de montaje a las plantas solares y los parques eólicos del 19% al 0%.

En este mismo aspecto se ha pronunciado en diversos escenarios Miguel Hernández, uno de los voceros de la Asociación Colombiana de Energía Solar (Acosol), quien ha subrayado que el 5% de IVA para los páneles solares, los inversores y los equipos de control genera “preocupación” si se llega a aplicar.

RECOMENDACIÓN DE LA COMISIÓN DE EXPERTOS

La propuesta del Ejecutivo de imponer un IVA del 5% a los proyectos solares (y posiblemente del 19% a los parques eólicos) es de la Comisión de Expertos en Beneficios Tributarios, que recomienda eliminar “una cantidad amplia de beneficios tributarios”.

“La eliminación de las rentas exentas, deducciones y descuentos tributarios fue materia de análisis de la Comisión, quienes advirtieron que había muchos beneficios en distintos impuestos, y aconsejaron que se debían eliminar. Lo mismo señalaron analistas del sector”, recalcó el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla.

De acuerdo a la exposición de motivos presentada con el proyecto de ley de reforma tributaria, “el incremento real en los ingresos al eliminar un gasto tributario específico puede ser significativamente inferior cuando los agentes tienen la opción de acogerse a otro gasto tributario que no ha sido eliminado”.

Para el Ministerio de Hacienda, la introducción de una reforma tributaria incremental que elimine unos pocos gastos impositivos, pero deje en pie la mayoría de los gastos bajo gravamen, no generará un gran incremento en ingresos tributarios”.

Así mismo, señala que los beneficios favorecen a los contribuyentes que pueden aplicarlos e implican una desventaja para los sectores o contribuyentes que no pueden ejecutarlos, generando distorsiones en la asignación óptima de los recursos de la economía y reduciendo la equidad horizontal del sistema tributario.

La reforma también plantea que las empresas que desarrollen proyectos de energía solar al declarar IVA y tengan excedentes los podrán reclamar cada dos meses. Así mismo, mantiene las exenciones de aranceles de equipos importados.

Finalmente, el proyecto fiscal incluiría a las empresas mineras y petroleras dentro del impuesto temporal y solidario a la riqueza, ya que por ser propietarios de derechos mineros o petroleros en el país, presumen un nivel patrimonial que los haría sujetos pasivos del nuevo tributo.

Tomado de: https://www.portafolio.co/economia/

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