By mylnwb

La DIAN inicia acciones de fiscalización a los contribuyentes que compraron facturas ficticias

Mediante comunicado de prensa número 113 la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informó a los contribuyentes que adquirieron facturas de compra y venta ficticias, que deben proceder a corregir sus declaraciones tributarias en las cuales hayan incluido el valor de dichas operaciones ficticias como costo, gasto o impuesto descontable. Esto, sin perjuicio de responsabilidades de tipo penal.

Lo anterior, se debe a las acciones de fiscalización en contra de la evasión, ejecutadas por la entidad, donde ha puesto en evidencia operaciones criminales de fraude a través de la venta de facturas que amparan compras y ventas ficticias carentes de sustancia económica, con el único fin de generar descuentos o gastos inexistentes, dando lugar a pagar menos impuestos.

Desde el punto de vista administrativo, los contribuyentes que hayan incurrido en dichas irregularidades deberán subsanarlas acercándose a la DIAN, Divisiones de Gestión de Fiscalización de su domicilio fiscal.

Un aspecto que advirtió la DIAN en su comunicado, es la responsabilidad que recae sobre contadores o revisores fiscales que hayan firmado las declaraciones tributarias en las cuales se hayan utilizado costos o gastos inexistentes.

Por último, recordó a los contribuyentes que realizar operaciones con quienes han sido declarados como proveedores ficticios, (Artículo 671 del Estatuto Tributario), trae como consecuencia la no deducibilidad en el Impuesto Sobre la Renta y Complementario, ni tampoco a impuestos descontables en el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Consulte aquí Comunicado de Prensa número 113 y listado de quienes han sido declarados como proveedores ficticios.

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