By mylnwb
Plazos para la presentación de la información exógena de 2019 en el 2020
A través de la Resolución 011004 del 29 de octubre de 2018 la Dian fijó los plazos para presentar la información exógena del año gravable 2019.
Esta norma se promulgó antes de la aprobación de la Ley 1943 de 2018, por lo que no contempló los cambios para la tributación del año gravable 2019.
La información exógena por el año gravable 2019 fue solicitada mediante la Resolución 011004 de octubre de 2018, con la cual se definió quiénes serían los obligados a cumplir con este requerimiento al que se refieren los artículos del 623 al 631-3 del Estatuto Tributario –ET–, el artículo 2.8.4.3.1.2 del Decreto único 1068 de mayo de 2015 y el artículo 58 de la Ley 863 de 2003.
No obstante, es importante señalar que esta norma se promulgó antes de la aprobación de la Ley 1943 de 2018, motivo por el cual no contempló ninguno de los cambios efectuados a la tributación del año gravable 2019.
Así pues, el 24 de diciembre de 2019 la Dian publicó un proyecto de resolución con el que se busca modificar parcialmente la Resolución 011004 de 2018, introduciendo los ajustes que correspondan.
A continuación, mencionamos los plazos que deben tener en cuenta los obligados a realizar dicho reporte.
Vencimientos
De acuerdo con el artículo 45 de la Resolución 011004 de 2018, los plazos para suministrar información anual y anual con corte mensual son:
Grandes contribuyentes
Último dígito | Hasta el día(año 2020) | Último dígito | Hasta el día(año 2020) |
0 | 28 de abril | 5 | 6 de mayo |
9 | 29 de abril | 4 | 7 de mayo |
8 | 30 de abril | 3 | 8 de mayo |
7 | 4 de mayo | 2 | 11 de mayo |
6 | 5 de mayo | 1 | 12 de mayo |
Personas jurídicas y personas naturales
Últimos dígitos | Hasta el día(año 2020) | Últimos dígitos | Hasta el día(año 2020) |
96 a 00 | 13 de mayo | 46 a 50 | 28 de mayo |
91 a 95 | 14 de mayo | 41 a 45 | 29 de mayo |
86 a 90 | 15 de mayo | 36 a 40 | 1 de junio |
81 a 85 | 18 de mayo | 31 a 35 | 2 de junio |
76 a 80 | 19 de mayo | 26 a 30 | 3 de junio |
71 a 75 | 20 de mayo | 21 a 25 | 4 de junio |
66 a 70 | 21 de mayo | 16 a 20 | 5 de junio |
61 a 65 | 22 de mayo | 11 a 15 | 8 de junio |
56 a 60 | 26 de mayo | 06 a 10 | 9 de junio |
51 a 55 | 27 de mayo | 01 a 05 | 10 de junio |
Otros vencimientos
- Los convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de programas o proyectos, con organismos internacionales: vence a más tardar el último día hábil del mes siguiente al período objeto de reporte (artículo 42 de la Resolución 011004 de 2018).
- Registraduría Nacional: vence el 2 de marzo de 2020 (artículo 43 de la Resolución 011004 de 2018).
- Grupos empresariales: vence el 30 de junio de 2020 (artículo 44 de la Resolución 011004 de 2018).
Tomado de: https://actualicese.com/